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Visto en: Prado Valle Rioja, S.L
En la guía, los economistas y arquitectos que la han elaborado recuerdan que estas ayudas públicas están exentas de tributar en el irpf. Además, añaden que aunque se realicen estas reformas y obras de mejora sin solicitar la subvención, también se puede deducir en la declaración de hacienda el total de la inversión.
Es posible, también optar al IVA de tipo reducido, pero para ello, el objeto final de las obras debe ser la construcción de la edificación y el coste debe exceder el 25% del precio de adquisición.
En el documento también se puede ver que tributan al tipo reducido las ejecuciones de obras cuando los contratos se formalicen directamente entre el promotor y contratista.