El problema más importante que surgió en la ubicación en altura del mismo.
Esta clínica se encuentra en las plantas baja y entresuelo de un edificio que tiene también planta sótano.
Los ascensores “normales” tienen que disponer, obligatoriamente, de un foso de 1,20 m. Por debajo del nivel de acceso. Esto implica, que para la instalación del ascensor, habría que invadir el espacio del sótano. Esta opción era de todo punto inviable, ya que no se dispone de la propiedad de este sótano, y afectaría a la totalidad de las plazas de garaje.
Esta situación se ha resuelto con la instalación de un aparato elevador con foso reducido.
Se trata de otro tipo de mecanismo, que no tiene la calificación de “ascensor”, sino de “elevador”, y que se ve afectado por una normativa distinta.
Este elevador se ha resuelto con un foso de tan solo 20 cm. De profundidad, de los cuales 7 cm. Se han conseguido con la demolición del pavimento existente en el hueco del mismo, y los 13 cm. Restantes se han salvado mediante una suave rampa de unos 2 m. De longitud, lo que da una pendiente inferior a un 7%.