Lo primero que debemos saber es que hay diferente tipos de ayudas. Por un lado tenemos las ayudas fiscales; y es que, se aprobó por real decreto que la deducción fiscal de los gastos de rehabilitación de viviendas que pasarían, sin necesidad de esperar una concesión, a ser incluidos en la declaración. ¿Cómo se hace? simplemente hay que incluir en la declaración del irpf la cuantía que se ha invertido en la rehabilitación, eso sí, aquella que cumpla con los requisitos exigidos:
- Los propietarios podrán beneficiarse de una deducción fiscal de hasta el 60% de la inversión en rehabilitación de su vivienda con un límite de 15.000 euros.
- Por otro lado estarían las ayudas económicas directas. Para optar a ellas, es necesario tener un estudio de certificación energética antes de realizar cualquier trabajo de rehabilitación. Una vez terminados los trabajos, se deberá justificar el ahorro energético con otra nueva certificación, de esta forma se realizará el pago de las ayudas que nos correspondan.
Es aquí donde se concentra la mayor parte de presupuesto. La administración está transfiriendo el dinero a las comunidades autónomas para que ellas mismas puedan crear las convocatorias durante el primer trimestre de 2022, así que tendremos que estar muy atentos.
De esta concesión de ayudas directas hay que señalar que la financiación bancaria también complementa y apoya. El sistema bancario, junto con el gobierno, está preparando la concesión de avales ICO del 50% del crédito a la rehabilitación.