Es necesario que los realice personal con experiencia y formación adecuada, debiendo realizarse las pruebas de resistencia necesarias para comprobar su idoneidad. Deberán tener una resistencia mínima de 10 kN, tal y como indica la norma UNE-795, y ser utilizados por un solo trabajador.
En el proceso de la instalación de ambos sistemas nunca se deben de obviar las normas de prevención y seguridad tales como la utilización de los equipos de protección individual y colectiva para su realización, así como aquellos otros necesarios para evitar los riesgos inherentes a estas operaciones.
Una vez realizada la instalación de la zona de cabecera (puntos y elementos de sujeción y anticaídas), que es la responsable de la sujeción primera del tendido de trabajo y de seguridad, se procede a la instalación de la zona vertical o de los tendidos de trabajo y seguridad. Esta comprende la instalación de las cuerdas de trabajo y seguridad que permiten acceder y posicionarse en un lugar de trabajo, y en las cuales se conectarán los elementos que componen el equipo de trabajo y el de seguridad.
En la instalación de los tendidos de trabajo se deberán realizar y aplicar algunas normas y procesos de seguridad específicos con objeto de proteger las cuerdas de los rozamientos agresivos que se puedan producir con aristas, bordes, filos, cantos u otros elementos, los cuales pueden provocar el corte o deterioro de las cuerdas. Para ello, se deberán utilizar diferentes sistemas o elementos tales como fraccionamientos, desviaciones, protecciones antirroce, trípodes, pescantes, etc.